Verbitsky en Página 12: "Clarín no podría afrontar el pago de su deuda externa. Es la misma
discusión que se planteó a la salida de la convertibilidad con las
prestadoras de servicios públicos a las que no se les permitió aumentar
tarifas. En la mayoría de los casos se demostró que su endeudamiento no
fue invertido en la prestación del servicio concesionado, sino para
financiar fuga de divisas mientras incumplían con planes de inversión.
Para Winograd, el modelo de economía de escala y producción masiva que
practica su contratante sólo puede subsistir agrediendo a los
competidores. Esta tendencia al monopolio, que según varias exposiciones
de la parte contraria y algunos amicus (Miguel Rodríguez Villafañe por
las cooperativas, la excelente expositora Cynthia Ottaviano como
Defensora del Público) se concretó con prácticas predatorias, fue una de
las razones para la sanción de la ley.
Ante una pregunta, los
desconcertados lawyers del Grupo Clarín “se pelean por no responder”,
twiteó desde La Pampa el joven constitucionalista Gustavo Arballo, quien
vio la audiencia por Internet, otra saludable innovación de la Corte,
mientras los medios del Grupo la cubrieron de modo incompleto y
selectivo. Vistos los resultados, es incomprensible que el Grupo Clarín
haya dejado en el banco de los suplentes a María de los Milagros Páez,
experta en comunicaciones del estudio Sáenz Valiente, quien estaba
registrada para exponer y a quien Lorenzetti no hubiera podido vapulear.
Otro que debería devolver la plata que cobró es el semiólogo Eliseo
Verón, quien está más para jugar a las bochas en el pueblito italiano de
Monte Cerignone, donde compró una parroquia vacía frente al convento de
Umberto Eco. En el otro extremo, el joven Lucas Grossman, profesor de
San Andrés, intentó descalificar el informe de 2004 de la Relatoría para
la Libertad de expresión, afirmando que había sido redactado por un
pasante. Ignoró así que ese trabajo (que postuló la necesidad de regular
los medios, porque la excesiva concentración que tiende al oligopolio o
el monopolio amenaza en forma indirecta la libertad de expresión) fue
realizado bajo la supervisión del ex Relator Eduardo Bertoni, aprobado
por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Asamblea General
de la OEA, con lo cual pasó a ser una de las fuentes obligatorias de
derecho argentino reconocidas por la Corte Suprema en el reciente fallo
Carranza".
Fontevecchia en Perfil: "De los testimonios en las audiencias públicas de la Corte Suprema
previos a su fallo por la constitucionalidad de la Ley de Medios,
el más
original fue el de Eliseo Verón, para quien “la ley era obsoleta el día
que fue publicada en el Boletín Oficial”.
La pluralidad de significados,
la semiosis infinita (concepto –justo– de
Eliseo Verón) no habilita al vale todo. No se resuelve el problema de
los abusos en que pueda haber caído la prensa hegemónica con abusos en
sentido contrario, más graves aún cuando se los patrocina desde el
Estado (por eso la teoría de los dos demonios aplicada a Clarín y el
kirchnerismo).
Obviamente, la Ley de Medios nació obsoleta porque ignora internet,
pero eso no quiere decir dejar todo como estaba antes de su promulgación
sino
agregarle a la ley nuevas regulaciones que la integren al
ecosistema de conectividad donde las empresas como Cablevisión, que
proveen conexión de TV por cable y de banda ancha de internet, compitan
con las empresas telefónicas, que quedaron fuera de esta regulación (o
como, tiene razón Clarín, quedó favorecida DirectTV fuera de los límites
de cantidades de licencias).
Falta que la Ley de Medios incorpore el triple play, como estaba en
el proyecto original, que reconozca la realidad de que por el mismo
cable puede ir televisión, internet y telefonía, al mismo tiempo,
prohibiéndoles a los proveedores de conectividad producir contenidos
(más duro aún con Clarín).
La pluralidad se obtiene asegurando igualdad de oportunidades para
los agentes de cada actividad y no creando contraagentes como si se
tratara de una guerra".
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