sábado, 26 de diciembre de 2020

Ousset y la vida antes de la "concepción"

"Cecilia Ousset es médica ginecóloga e integra la Red de Profesionales por la Vida y el Aborto Legal. Ella, junto a su marido, José Gijena, practicó una ILE (Interrupción Legal del Embarazo) a la niña Lucía, de 11 años, violada por la pareja de su abuela. El caso tomó estado público en febrero del año pasado.
- ¿Cuándo comienza la vida intrauterina de un ser humano?
- Hay vida en cada célula, por lo tanto hay vida tanto en el espermatozoide como en el óvulo cuando están sueltos, cada uno con su carga genética. Cuando se une un óvulo con un esperamatozoide hay una carga genética capaz de generar un cigoto. Si avanza el embarazo, será embrión y luego feto. Si el feto también logra vivir, se asiste al parto. Eso es lo natural. Siempre hay vida. Y es humana. Eso es indiscutible. Lo importante es que todas las mujeres abortan, y la vida de esas mujeres sólo se salvan si tienen dinero. Esas vidas, con historia, se salvan si se hacen abortos en buenas condiciones sanitarias. Eso no les pasa a las mujeres pobres. Ahí está la injusticia y la verdadera discusión sobre la “vida”.
- Según el proyecto de ley de la IVE ¿en qué casos es viable el aborto después de las 14 semanas cuando se trata de la salud física y psíquica de la mujer?
- Después de las 14 semanas continuaría rigiéndose por el artículo 86 del Código Penal, vigente desde 1921 y ratificado por el fallo F.A.L. Es decir, que cuando corre peligro de muerte la madre o cuando el embarazo es producto de violación. Después de las 14 semanas, in aborto sin causal, tiene penalización tanto para la persona gestante como para el médico o médica que lo realice.
- ¿Qué consecuencias puede traer el aborto para la salud física y psíquica de la mujer?
- El aborto en buenas condiciones sanitarias, con consejería, acompañamiento, y pleno consentimiento de la mujer, sólo tiene consecuencias de alivio. Lo que atormenta es la clandestinidad, el riesgo de muerte , las secuelas físicas y psíquicas que se producen cuando es practicado con violencia, sin normas de bioseguridad, sin protocolos y sin acompañamiento del personal de Salud.
- ¿Qué plazos y penas tiene el médico para no ser penalizado por incumplimiento de la ley?
- Si el médico se niega a cumplir la voluntad de la persona gestante debe derivar inmediatamente a otro profesional y la práctica debe ser realizada dentro de los 10 días corridos de la solicitud de la mujer (en un principio eran de cinco días, pero se tuvieron en cuenta los fines de semana). La pena por obstaculización o dilatación injustificada va de tres meses a un año de prisión e inhabilitación del título por el doble del tiempo.
-¿Los médicos podrán negarse a practicar abortos?
- Los médicos y médicas podemos negarnos a practicar abortos por cuestiones religiosas o personales pero debemos asegurarnos una red que sí los practique para no ser penalizados, cumplir con la ley y sobre todo, cumplir con la voluntad de la persona gestante".
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