sábado, 27 de abril de 2019

Macri avala que se viole fallo de Ramos Padilla que impide cortes de gas

Las distribuidoras, con aval del Poder Ejecutivo Nacional, han comenzado a cortar el servicio público de gas a hogares que no lo pueden pagar. Los primeros casos se vieron en la provincia de Mendoza, en lo que es una flagrante violación al fallo del juez federal Alejo Ramos Padilla, que obliga a las licenciatarias de distribución del servicio de gas por redes a abstenerse de realizar cortes en el suministro ante imposibilidad de pago por parte de los usuarios en todo el territorio nacional.
Según informó el jefe de Gabinete, Marcos Peña, ante la Cámara de Diputados, desde enero de 2017 y hasta febrero de 2019 fueron dados de baja en la provincia de Mendoza unos 1.476 usuarios del servicio de gas natural por redes. Añadió que dicha provincia registró durante 2018 unos 8.991 cortes en el suministro, de los que sólo se restablecieron 7.213 -esto es, el 80 por ciento del total-, quedando un 20 por ciento restante aún sin conectar.
¿Los motivos? Por un lado, razones de seguridad (fallas de técnicas y de instalación), por el otro, facturas impagas. ¿Qué significa lo anterior? Nada más y nada menos que el reconocimiento oficial de un impune delito cometido por las distribuidoras gasíferas. Al admitir la sucesión de cortes por falta de pago, Marcos Peña -y con él todo el Ejecutivo Nacional- está dejando al descubierto el accionar ilegal de las empresas, entre ellas, Ecogas, propiedad del amigo presidencial, Nicolás 'Nicky' Caputo, según denunció el Observatorio de la Energía, Tecnología e Infraestructura para el Desarrollo.
Sergio Procelli, abogado y representante legal de Consumidores Argentinos, advirtió que "actualmente se encuentra vigente la medida cautelar del expediente "Consumidores Argentinos - Asociación para la Defensa, Educación e información de los consumidores c/ P.E.N. y otros s/ acción declarativa de inconstitucionalidad" que prohíbe los cortes de gas a las distribuidoras de todo el país. Esta cautelar, que inicialmente tuvo un plazo de 90 días, fue ratificada el 4 de junio de 2018, y sin plazo de finalización considerado. La misma se encuadra en una problemática de atención a los más vulnerables, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 inciso 2 de la ley 26.584, que establece que cuando hay sectores vulnerables involucrados la cautelar puede extenderse más allá del límite de los 90 días".
-¿Qué debe hacer el usuario si le llega el aviso de corte o le han cortado el servicio?
-Es la empresa distribuidora la que debe demostrar, si pretende cortar el servicio por falta de pago o deuda, que la persona está en condiciones de pagar y que su incumplimiento no es producto de su vulnerabilidad. Para eso debe elaborar una información sumaria respetando el derecho del usuario a exponer su situación, de manera previa y respetando incluso el proceso que el reglamento del usuario establece. Cualquier corte que se haga sin respetar este proceso es violatorio de la medida cautelar y factible de ser sancionado con multa de entre mil y cien mil pesos. Para el caso de que se hubiere procedido el corte, debe solicitarse la reinstalación con costos para la empresa.
-¿Cómo pueden denunciarse los incumplimientos a la cautelar de parte de las distribuidoras?
-Desde Consumidores Argentinos hemos instalado un link en nuestra página para que nos acerquen los casos y poder adjuntarlos al expediente por incumplimiento. También se puede consultar la Red Nacional de Multisectoriales contra el tarifazo.
Más:
"Verás que todo es mentira"

0 comentarios:

Publicar un comentario